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Subvenciones: Comunidad de Madrid - Ayudas Programa CEMIT (Consorcios Estratégicos Madrileños de Investigación Técnica)

Apreciados clientes,

Les informamos que la Consejería de Economía y Consumo de la Comunidad de Madrid ha publicado en el BOCM nº 35 (11/02/2008) la convocatoria de Subvenciones destinadas a fomentar la cooperación estable publico-privada en investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) en áreas de importancia estratégica para la economía mediante la creación de Consorcios Estratégicos Madrileños de Investigación Técnica (CEMIT).

A continuación vamos a detallarles los aspectos más importantes de estas ayudas:


Fecha de publicación:  11/02/2008

Plazo de presentación de solicitudes:  Comenzará el día 11/02/08 y finalizará el 10/04/08.

Beneficiarios:  Podrán ser solicitantes y beneficiarios de la subvención prevista en la presente convocatoria:

  1. Agrupaciones de personas jurídicas publicas o privadas, uno de los participantes actuará como contratista principal y líder, llevará la dirección del proyecto. En todo caso, el líder tiene que ser una de las empresas grandes o medianas. Las agrupaciones deberán estar constituidas, como mínimo por tres empresas autónomas, dos de ellas grandes o medianas y una pequeña.
  2. Agrupaciones de Interés Económico (AIE).
  3. Agrupaciones Empresariales Innovadoras (Clusters).

Periodo de realización de Proyectos:  El periodo de realización de proyectos y actuaciones subvencionables será del 1 de enero al 31 de diciembre del ejercicio con cargo al cual se vayan a ejecutar los créditos presupuestarios.

Áreas Temáticas Objeto de Subvención:

    Serán prioritarias las siguientes áreas temáticas:

  • Biomedicina y Ciencias de la Salud (incluyendo Biotecnología).
  • Tecnologías Alimentarías ( incluyendo Biotecnologías).
  • Tecnologías de la Información y la Comunicación; Audiovisual y Seguridad en Sistemas Informáticos.
  • Tecnologías de la Producción y Diseño.
  • Medioambiente, Desarrollo Sostenible y Energías Renovables.
  • Nuevos materiales y Nanotecnología.
  • Logística y Transporte ( automoción, ferrocarril y aeroespacial).
  • Seguridad.

Gastos subvencionables:Serán subvencionables los siguientes gastos:

  • Coste de instrumental, material y equipamiento utilizados exclusiva y permanentemente para la actividad de investigación.
  • Gastos de personal ( investigadores; técnicos y personal auxiliar)
  • Costes de los servicios de asesoría y similares utilizadas exclusivamente para la actividad de investigación. Los servicios de asesoria y similares adquiridos a fuentes externas no superará el 70 por 100 del presupuesto total.
  • Costes de gestión del líder y de las personas participantes (preparación de la propuesta, coordinación global del consorcio, elaboración de los informes de evolución de las actividades de investigación, costes de personal directo e indirecto y viajes asociados a la gestión de las actividades investigación).
  • Costes de auditorias económico financieras industriales y de seguimiento del proyecto.
  • Costes relacionados con la obtención y la validación de patentes y otros derechos de propiedad industrial.

Si están interesados en esta ayuda,
no duden en contactar con nosotros para
informarles del resto de requisitos necesarios
para poder optar a la misma.

Departamento de Subvenciones y Medio Ambiente

TEL. Madrid: 902 12 34 02
TEL. Barcelona: 902 43 21 02