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Subvenciones CDTI - Programa Fondo Tecnológico

Apreciados clientes,

Les informamos que el Fondo Tecnológico es una partida especial de fondos FEDER de la Unión Europea dedicada a la promoción de la I+D+i empresarial en España. El CDTI ha sido designado para gestionar buena parte del mismo, dada su trayectoria en el apoyo a proyectos de I+D+i empresarial y su experiencia previa en la gestión de fondos FEDER.

A continuación vamos a detallarles los aspectos más importantes de estas ayudas:


Existen dos modalidades de proyecto

1.-PROYECTOS INTEGRADOS.

Son grandes proyectos de desarrollo tecnológico de carácter experimental que tienen como objetivo el desarrollo de tecnologías novedosas y como resultado una planta piloto, un prototipo o un demostrador de impacto tecnológico e industrial relevante para la región de que se trate.

Beneficiarios:  Agrupación de Interés Económico (AIE) o consorcio formado, como mínimo, por tres empresas autónomas de las cuales una de ellas ha de tener la consideración de empresa grande o, en su defecto, dos de ellas han de ser empresas medianas según la definición de la Comisión Europea. Ninguna de las empresas, considerada de forma autónoma, podrá superar el 50% de participación en términos presupuestarios. Además, es absolutamente necesaria la participación de al menos un Organismo de Investigación bajo la modalidad de subcontratación por parte de la AIE o empresas del consorcio.

Presupuesto: superior a 5 millones de euros.

Duración: de 2 a 4 años.

Financiación: Se empleará el instrumento financiero denominado Ayuda Parcialmente Reembolsable (APR) que podrá llegar hasta un máximo del 75% del presupuesto total aprobado y que se divide en un tramo reembolsable -tipo de interés 0 y plazo de amortización de 10 años- y otro eventualmente no reembolsable.

2.- PROYECTOS DE APOYO A AGRUPACIONES EMPRESARIALES INNOVADORAS

Proyectos dirigidos a resolver problemáticas comunes de un determinado sector empresarial, llegando implantaciones tecnológicas de demostración. 

Beneficiarios: Agrupación de Interés Económico (AIE) o consorcio constituido, como mínimo, por cuatro PYMES, según la definición de la Comisión Europea. Junto a ellas podrán participar otras empresas, grandes o PYMEs. Ninguna de las empresas, considerada de forma autónoma, podrá superar el 30% de participación en términos presupuestarios. Es necesaria la participación de al menos un Organismo de Investigación bajo la modalidad de subcontratación por parte de la AIE o empresas del consorcio, que ha de suponer al menos el 15% del presupuesto del proyecto.

Presupuesto: superior a 2 millones de euros.

Duración: de 2 a 4 años.

Financiación: Se empleará el instrumento financiero denominado Ayuda Parcialmente Reembolsable (APR) que podrá llegar hasta un máximo del
75% del presupuesto total aprobado y que se divide en un tramo reembolsable -tipo de interés 0 y plazo de amortización de 10 años- y otro eventualmente no reembolsable.


Si están interesados en esta ayuda,
no duden en contactar con nosotros para
informarles del resto de requisitos necesarios
para poder optar a la misma.

Departamento de Subvenciones y Medio Ambiente

TEL. Madrid: 902 12 34 02
TEL. Barcelona: 902 43 21 02